miércoles, 21 de noviembre de 2007


ACTIVIDAD INDIVIDUAL: PREGUNTAS

  1. Idea teórica. ¿Qué es diseñar, planificar?

En cualquier institución hay que conocer las tareas y las actividades que se van a llevar a cabo y, la actividad de la institución educativa necesita definir las metas, se ordenada, programada, desarrollada y evaluada, para no caer en posiciones subjetivas y, establecer unas pautas que rijan un sistema de comunicación y coordinación entre los miembros de la comunidad educativa. A través de la planificación escolar se pretende expresar una serie de estructuras organizativas y de cauces de participación, así como unos documentos que sistematicen la organización de los centros de forma clara y escrita que respondan a qué se va hacer y cómo, cuándo, dónde y con qué medios.

Por lo que para poder llevar a cabo de forma conjunta, el trabajo que día a día se viene desarrollando en el centro se precisa de la planificación si queremos reflejar en la práctica una responsabilidad compartida.

Podemos decir que la planificación de la actividad educativa es un instrumento al servicio de la institución educativa que se desarrolla en el contexto institucional en el que se desenvuelven los centros educativos. Planificar significa optar, elegir entre posibilidades, establecer prioridades y ninguna planificación es neutral sino un proceso dinámico nunca definitivo. Todo esto se recoge en diferentes documentos.


  1. La planificación organizativa de educación se organiza en documentos, ¿cuáles son?

Los documentos son:

PROYECTO DE CENTRO

El Proyecto de Centro es un instrumento de gestión estratégica que regula y orienta el conjunto de actividades educativas que se desarrollan en el centro. Tiene por finalidad, que los centros recojan por escrito en los documentos su propuesta educativa tomando como referente los Decretos de enseñanza propios de su comunidad y respondan a la realidad y a las características del centro. Debe entenderse como una necesidad y una exigencia que debe tener como objetivo la regulación de una verdadera autonomía y adaptación para poder llevar a cabo una doble finalidad: una, que todos los miembros de la comunidad educativa puedan ejercer el derecho constitucional a participar e intervenir en la organización y gestión de los centro, y otra que sea un instrumento de gestión que aspire a recoger la orientación que los miembros de una comunidad educativa quieren dar a sus actuaciones para paliar las dificultades específicas de cada centro.

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002) en las medidas encaminadas a promover la mejora de la calidad del sistema educativo contempla la autonomía de los centros escolares en tres ámbitos: autonomía pedagógica, autonomía organizativa y autonomía de gestión económica.

Debería ser:

1.Un proyecto equilibrado producto de un proceso de elaboración colectiva, en el que se recogen las intenciones de toda la comunidad educativa.

2.Un conjunto articulado de principios que orientan toda la planificación de la actividad educativa.

3.Un proyecto flexible, dinámico y modificable en función de la práctica educativa.

Documentos del Proyecto de Centro:

PROYECTO CURRILUCAR DE CENTRO

El Proyecto Curricular de Centro es un documento del Proyecto de Centro donde se explicitarán los objetivos y contenidos que propone la Administración Educativa, de cada etapa y área de manera coordinada, contextualizada y pormenorizada, así como los métodos y los criterios de evaluación. Debe incluir los Proyectos Curriculares de las distintas etapas que se impartan en el centro.

Por consiguiente, el Proyecto Curricular de Centro (PCC) debe ser un instrumento de trabajo dinámico y expuesto a revisiones periódicas, donde adquiere especial relevancia la capacidad de los Equipos Docentes para llevar a cabo un trabajo colaborativo, diseñando opciones innovadoras capaces de dar respuesta a las necesidades de los contextos.

¿Qué enseñar?

Áreas Curriculares de la Etapa de la Educación Primaria:

a)Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural.

b)Educación Artística.

c)Educación Física.

d)Lengua Castellana y Literatura.

e)Lenguas Extranjeras.

f)Matemáticas.

Cada profesor programa para su grupo de alumnos.

Teniendo en cuenta lo previsto para su Ciclo en el Proyecto Curricular de Etapa, en cada una de sus áreas.

Programa objetivos, contenidos concretos, actividades, recursos, evaluación,...

La entidad de un Proyecto Curricular de Centro se establece a partir de cinco grandes ámbitos:

Proyecto Curricular de Etapa: pretende concretar las intenciones y prescripciones generales contenidas en los diseños curriculares de cada una de las etapas educativas contempladas.

Plan de Organización: atiende a los procesos de debate y elaboración del Proyecto Curricular de Etapa (PCE).

Plan de Orientación Escolar: pretende facilitar la ayuda pedagógica que permita el mejor ajuste entre la oferta educativa y las necesidades reales de la situación o el individuo.

Plan de Formación: es el elemento a través del cual el profesorado planifica las actuaciones que, con respecto a su formación, considera necesarias para la atención a las necesidades detectadas en el contexto.

Plan de Evaluación: es el elemento que contiene las decisiones, sobre criterios e instrumentos necesarios, para recoger información pertinente sobre el grado de adecuación.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

El Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) es el documento que recoge el conjunto de normas que regulan la convivencia y establece la estructura organizativa de una determinada comunidad dentro del marco jurídico vigente. En este documento se recoge la norma que rige la vida del centro, y deber ser el documento que facilite la consecución del clima organizativo y funcional preciso para alcanzar las Finalidades Educativas y el desarrollo del Proyecto Curricular del Centro.

Las metas que debe alcanzar el Reglamento de Organización y Funcionamiento son fundamentalmente:

·Establecer las medidas precisas que desarrollen las capacidades de relación óptimas en la comunidad escolar.

·Propiciar fórmulas organizativas adecuadas al Proyecto de Centro.

·Activar los mecanismos necesarios para dar respuesta a las exigencias de funcionamiento del centro escolar.

Para la consecución de estas metas, el Reglamento de Organización y funcionamiento debe tratar los ejes temáticos que contemplan los aspectos básicos de la vida del centro:

·La participación de padres/madres, alumnos/as y profesores/as.

·El gobierno y la gestión democrática de los centros.

·La convivencia

·Los canales de información y comunicación.

·Los recursos y materiales didácticos.

·Relaciones con el entorno.

El proceso de elaboración se realizará siguiendo las siguientes fases:

Fase de presentación e información: el Consejo Escolar, el Claustro de Profesores, los representantes de los padres y madres y alumnos y alumnas.

Fase de elaboración: primeramente se parte del estudio de la normativa y leyes existentes. El Consejo Escolar designará una comisión, una ver constituida cada miembro promoverá las acciones necesarias para la elaboración del borrador de los aspectos que son de su estricta competencia.

Fase de Supervisión: finalizado el proceso de elaboración, se remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y comprobarán que los diferentes aspectos reflejados se adecuan a la legislación vigente.

En el ROF es fundamental la existencia de normas de funcionamiento de la actividad escolar propias de cada centro.

PLAN ANUAL DE CENTRO

EL Plan Anual de Centro es la propuesta organizativa que un centro realiza para su funcionamiento durante un curso académico. Se trata de un documento en el que se concretan las líneas generales y específicas de actuación que previamente han sido contempladas en el documento de Finalidades Educativas, en el Proyecto Curricular de Centro (PCC) y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF). La elaboración de un Plan Anual nos lleva a determinar los siguientes apartados que deben actuar estrechamente conectados entre sí:

·Los objetivos generales del centro deben tener en cuenta el análisis de la realidad educativa y contribuir a alcanzar las Finalidades Educativas.

·Los contenidos que se van a trabajar para conseguir los objetivos propuestos.

·Las actividades docentes a realizar.

·Las personas responsables para la consecución de los objetivos.

·Los métodos que se van a utilizar para su ejecución.

·La temporalización de cuándo debe hacerse.

MEMORIA ANUAL DE CENTRO.

El Proyecto de Centro debe suponer de los mecanismos adecuados para conocer sus ventajas y también sus limitaciones pues, necesita renovarse a través de los resultados obtenidos de la evaluación. Este documento evalúa directamente al Plan Anual e indirectamente al Proyecto de Centro y es un verdadero soporte de evaluación que servirá de referente para establecer las propuestas para el curso siguiente.

La realización de la memoria tiene diferentes objetivos:

a)Dar cuenta a los titulares de la organización o a los responsable s de su administración de cómo se han invertido y gestionado sus recursos y cuáles han sido los resultados de esa gestión.

b)Establecer el diagnóstico situacional de la organización en ese momento, del que pueden derivarse o no cambios para el futuro próximo.

La Memoria Anual tiene como referente legal el documento Plan Anual de Centro que se presentó en su día a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación.


  1. Coordinación y papel que tiene el equipo directivo en los centros.

El equipo directivo está compuesto por el director, jefe de estudios y secretario y trabajan de forma cooperativa.

Es importante que en su funcionamiento se contemplen determinadas condiciones:

-Establecer marcos de competencia.

-Asegurar un modelo de dirección participativo.

-Cuidar el equilibrio entre las distintas funciones que se asumen.

-Aproximar modelos educativos y modelos de gestión directiva.

El director.

Las principales funciones que desempeña son:

-La toma de decisiones.

-La planificación y evaluación de procesos y de resultados.

-La comunicación.

-La coordinación intra y extraescolar.

-La solución de conflictos.

El director es el representante de la administración educativa en el centro y tiene atribuidas las siguientes competencias:

-Garantizar el cumplimiento de las leyes.

-Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

-Dirigir y coordinar las actividades.

-Ostentar la representación del centro.

-Colaborar con los órganos de la administración educativa.

-Proponer a la administración educativa el nombramiento y el cese de los miembros del equipo directivo.

-Impulsar la colaboración con las familias, con las instituciones y con organismos.

-Favorecer la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer todas las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos.

-Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del consejo escolar y del claustro de profesores.

-Realizar las contradicciones de obras, servicios y suministros.

-Promover planes de mejora de la calidad del centro.

-Impulsar procesos de evaluación interna del centro.

-Cualesquiera otras le sean encomendadas por la administración.

Para ser director:

-Al menos cinco años en el cuerpo.

-Haber impartido docencia directa en el aula como funcionario de carrera.

-Estar prestando servicios en un centro público del nivel y régimen correspondiente.

Para su selección:

-Las administraciones convocan concursos de méritos.

-La selección será reañada por una comisión constituida por representaciones de las administraciones educativas y un treinta por ciento por representantes del centro, el cincuenta por ciento es del claustro.

-Se basará en los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes.

-Las administraciones establecerán los criterios objetivos y el procedimiento aplicables a la correspondiente selección.

El nombramiento y el cese del director se realizará según lo establecido de acuerdo con:

-Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial.

-La administración educativa nombrará director por un periodo de tres años.

-Los directores así nombrados serán evaluados a lo largo de los tres años.

El cese del director se producirá:

-A los tres años.

-Renuncia motivada aceptada por la administración educativa.

-Incapacidad física o psíquica sobrevenida.

-Revocación motivada por la administración educativa.

El director deberá participar de nuevo en un concurso de méritos para volver a desempeñar la función directiva.

Jefe de estudios.

Competencias que desarrollan los jefes de estudios en los centros escolares:

-Función académica.

-Panificadora y de agrupamiento de alumnos.

-Orientadoras.

-De coordinación docente.

-Convivenciales y disciplinarias.

Secretario.

Es el miembro del equipo directivo que se dedica a tareas relacionadas con los aspectos burocráticos en las vertientes legislativas, administrativa, académica y económica de los centros escolares:

-En secretaría deben de estar las leyes.

-Documentación: capítulos de correspondencia oficial, archivos y expediente entre otros.

-Funciones de custodia y organización de recursos y medios didácticos.

-Gestión económica.

-La información y atención al público.

Las competencias del secretario:

-Ordenar el régimen administrativo del centro.

-Levantar actas de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

-Custodiar los libros oficiales y archivos del centro.

-Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

-Adquirir el material y el equipo del centro.

-Ejercer la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

-Elaborar el horario del personal.

-Elaborar el anteproyecto de presupuestos.

-Ordenar el régimen económico del centro.

-Cualesquiera otras que sean impuestas por nuevas leyes.

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